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La OCU pide sanciones a las comercializadoras eléctricas que subieron el precio de la electricidad de forma irregular

La OCU pide sanciones a las comercializadoras eléctricas que subieron el precio de la electricidad de forma irregular

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha solicitado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sanciones para las comercializadoras eléctricas que, aprovechando el cambio de tarifa, procedieron “de forma irregular a incrementar el precio de la electricidad a sus clientes”.

En un comunicado, la asociación, que recuerda que ya advirtió de subidas precios de hasta el 27% aprovechando el cambio de tarifas a los consumidores, considera que se trata de “un hecho grave, y por desgracia habitual en algunas compañías comercializadoras de electricidad que no informan de forma adecuada a sus clientes sobre los cambios de tarifa y las subidas de precios”.

Asimismo, pide al Ministerio de Consumo que modifique la normativa para introducir “más transparencia y garantías” en la actuación de las compañías comercializadoras del mercado libre.

También recomienda a los consumidores revisar sus facturas y comparar sus tarifas para que en caso de que haya pagado de más soliciten la devolución del dinero.

Además, OCU advierte a los consumidores que se encuentran en el mercado libre que estén “muy atentos” a las comunicaciones que su compañía le haga, ya que vistas las actualizaciones de tarifas que algunas comercializadoras han hecho para los nuevos contratos, “es probable que esas subidas se trasladen en las revisiones de tarifa”.

En un informe hecho público este miércoles, la CNMC ha constatado que existe un número de comercializadoras eléctricas que, además de la variación en el componente regulado (peajes), han incluido un incremento en el coste del término de energía medio facturado, llegando a ser hasta un 30% superior al que correspondería, con la entrada de los nuevos peajes eléctricos y las nuevas tarifas el pasado 1 de junio.

En estos casos, el regulador ha comprobado que, solo puntualmente, el comercializador ha informado de manera “transparente y comprensible” al cliente, mediante comunicación específica para esta cuestión, de la introducción de modificaciones más allá de las que corresponden al mero traslado de los componentes regulados, dando la posibilidad de rescisión del contrato sin penalización, todo ello de acuerdo con la normativa vigente.

En el resto de los casos, la CNMC ha señalado que no ha existido esa información transparente a sus clientes sobre la actualización de precios, y han indicado incorrectamente que esta se ha producido para absorber la variación de los componentes regulados.

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