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La obligatoriedad del certificado energético en la venta o arrendamiento de inmuebles

certificado energético

Desde el año 2013, aquellas personas que tienen intención de vender o alquilar un edificio o vivienda necesitan obligatoriamente contar con el certificado energético del mismo en vigor. De hecho, aunque existen ciertas excepciones, las sanciones por no presentar este documento pueden ir desde los 300 euros hasta los 6.000 euros.

Según el Real Decreto 235/2013, el certificado energético necesario para poder alquilar o vender un edificio (o partes de él) deberá incluir “información objetiva” para los compradores o usuarios sobre la “eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética”.

Además, no solo es obligatorio poner a disposición del comprador o arrendatario el documento de certificado energético, también se debe incluir la calificación de eficiencia energética a la hora de publicitar la oferta de compra o alquiler de la vivienda en un anuncio.

No obstante, existen algunos casos excepcionales en los que no es imprescindible presentar el certificado energético, como puede ser la compra de un edificio (o partes) para realizar una reforma importante o con la intención de demolerlo. Tampoco se ha de aportar este documento cuando se trate de inmuebles situados en zonas aisladas y que cuenten con menos de 50 m2 de superficie útil. Quedan exentos así mismo los edificios industriales registrados para su uso como taller o almacén. En el caso de los alquileres, podrá obviarse si el inmueble se va a alquilar durante un máximo de 4 meses por año.

Cabe destacar que desde que el certificado energético se incluye en el Informe de Evaluación de Edificios y, teniendo en cuenta que es igualmente válido el certificado de un edificio completo que el de una de sus entidades a nivel individual (vivienda, local, etc.), muchas comunidades de vecinos están optando por obtener el certificado de eficiencia energética del edificio a nivel colectivo frente al de cada vivienda particular, ya que supone un ahorro económico importante. Sin embargo, si se han hecho ciertas mejoras a nivel individual en la propiedad, puede ser interesante para el propietario el presentar el certificado individual de su vivienda para poder añadir cierto valor a la venta o alquiler.

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